El Congreso de Colombia aprobó la convocatoria a referendo para que siga su trámite normal de Ley. Ahora será el Presidente de la República en ejercicio de su fuero ejecutivo quien sancionará o no el proyecto. Según los eruditos, cumplido este paso, la iniciativa del referendo deberá pasar a la Corte Constitucional para que esta emita la sentencia respectiva, respaldándolo o negándolo.
El tránsito por la Corte cumple varias etapas en las cuales se acopiarán las pruebas respectivas que le den solidez o debiliten la iniciativa.
Si el concepto de la Corte es favorable, el registrador del Estado civil debe convocar al pueblo para que vote, Si o No. Para que sea valido se requieren siete millones setecientos mil votos aproximadamente, lo cual represente la cuarta parte del Censo electoral vigente, según la Corte electoral.
Si la Corte constitucional encuentra ajustado en derecho el proyecto de Referendo, ya serán los colombianos quienes RESPALDEN EN LAS URNAS la iniciativa o la desaprueben. Volver a Inicio >